martes, 14 de mayo de 2013

Los Derechos Humanos

DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos son facultades de las que todos debemos gozar por el solo hecho de ser personas y que deben ser reconocidos tanto por las instituciones como el Estado, como por nosotros mismos en nuestra vida de relación con otras personas.

Los seres humanos somos iguales en nuestra naturaleza básica: potencialmente capaces de amar, de trabajar, de crear cultura, de plantearnos fines, de cambiar las condiciones naturales que nos rodean, etc., y esto nos hace portadores de la dignidad de ser personas.
Ahora bien, la vida en relación con otros es la que nos enfrenta al desafío de demostrar nuestra condición de personas portadoras de dignidad. De allí que ejercer nuestra dignidad no sólo es defender nuestros derechos sino, además utilizarlos como instrumento de fundación de la convivencia social, a partir que sabemos que esta convivencia se desarrolla no libre de conflictos.
En la actualidad, a cada persona le parece totalmente natural tener derechos y saber que hay instituciones cuya función es garantizarlos. Sin embargo, esto no fue así durante la mayor parte de la historia de la humanidad. Hasta el siglo XVII en las sociedades europeas y orientales era común considerar que las personas no eran iguales entre sí; qué su nacimiento las diferenciaba en determinadas condiciones sociales y que, por lo tanto, no todos tenían los mismos derechos. Algunos grupos sociales, en cambio, tenían más privilegios que otros.
Incluso, se llegó a considerar como algo natural que algunos hombres no fueran libres. A los esclavos no sólo no les era reconocido ningún derecho, sino que ni siquiera podían disponer de su persona.
En la actualidad, la gran mayoría de nosotros sentimos horror frente a la guerra y todo tipo de violencia y anhelamos que los conflictos se resuelvan de manera pacífica.
Sin embargo, aunque hoy nos resulte extraño, durante muchos siglos la guerra fue considerada como una de las actividades más importantes de las sociedades. Y la mayor parte de los conflictos, personales, familiares y sociales, casi siempre se resolvían por la imposición de la fuerza.

En los últimos siglos, la dignidad humana es el valor que fundamentó el reconocimiento de derechos. A lo largo de este proceso, ha ido cambiando la manera de ver cómo se aseguraba ese valor. Así por ejemplo durante los siglos XVII y XVIII se vinculó el reconocimiento de la dignidad al aseguramiento de derechos que tenían que ver sólo con la libertad.
Por ello las primeras Constituciones receptaron los derechos básicos de las personas: vida, libertad, integridad, de asociación, de opinión, etc., como una forma de proteger al hombre contra el poder absoluto del Estado que había en esa época. En Argentina podemos ver el reconocimiento de esos derechos en la Constitución Nacional originaria de 1853.
Más adelante fue creciendo el campo y se incluyeron los derechos de corte social. Esta ampliación de derechos ha variado en las distintas sociedades pues tiene que ver con los contextos históricos y sociales, con la acción de los Estados en su reconocimiento y con la propia movilización de la sociedad en su reclamo. Por ejemplo a partir de la revolución industrial, surgieron reacciones ante problemas sociales que plantearon transformaciones en el mundo del trabajo, apareciendo distintas corrientes que defendían los intereses de los asalariados, incorporando las Constituciones a partir de 1920 los derechos de los trabajadores. En Argentina ese movimiento se patentizó en la Constitución de 1949, considerada la Constitución de los trabajadores.
La 1° y 2° guerra mundial significaron el ataque a la dignidad humana: genocidio, y armas nucleares, con un saldo de 20.000.000 de muertos heridos y mutilados.
Esto fue el punto de partida, como referencia para la condena moral y política internacional de cualquier acto aberrante contra la condición humana.
Concluida la segunda guerra mundial (1945) con la caída de algunos regímenes totalitarios, se introdujeron declaraciones y convenciones internacionales de Derechos Humanos y las Constituciones de los distintos países se fueron ajustando a esta realidad.
A partir de ese momento se inicia la era de la "internacionalización de los derechos humanos" ya que se plantea un consenso internacional sobre la necesidad de asegurar que esos derechos sean respetados por todos los Estados. Se estimó necesario no dejar librado a las políticas internas nacionales su respeto,por ello se impulsaron tratados internacionales que obligaran a los Estados a hacerlo, y se crearon organizaciones internacionales que velaran por dicho cumplimiento.
Así el reconocimiento y respeto por los derechos considerados básicos se constituyó en una norma básica de la armónica convivencia internacional, existiendo condenas para aquellos países que no cumplieran con estas obligaciones para con sus pueblos y con los otros pueblos.
Argentina no sólo firmó tratados internacionales sobre derechos humanos con otros países, como hemos dicho, sino que algunos de ellos fueron incorporados a la Constitución argentina con carácter jerárquico constitucional, esto es que "valen" igual que las normas de la Constitución.

Los Derechos Humanos tienen características distintivas y específicas:

  • Ningún ser humano puede ser excluido o discriminado, porque cada individuo tiene la misma dignidad, por ello los Derechos Humanos son UNIVERSALES .
  • Por la propia condición de ser humano, los Derechos Humanos son NATURALES.
  • Ningún ser humano puede renunciar o negociar estos derechos, por ello los Derechos Humanos son INALIENABLES.
  • Los Derechos Humanos no pueden ser destruidos, por ello son INVIOLABLES.
  • Y aunque no exista una ley que los establezca imponen la obligación de respetarlos a toda persona y Estado, por ello los Derechos Humanos son OBLIGATORIOS, suprimir alguno de los derechos pone en peligro a los demás.
Distintas clases de Derechos

Dijimos que la dignidad humana estuvo presente de diversas maneras en las distintas sociedades y en los momentos históricos. El campo de los derechos humanos no es estático, sino que ha cambiado con el transcurso del tiempo, ampliándose de acuerdo con el accionar del hombre en distintos procesos históricos. Los derechos surgidos en cada momento no reemplazan a los anteriores, sino que los complementan.

Derechos de primera generación (Desde el siglo XVIII a principios del siglo XIX)

En una primera etapa son los primeros derechos reconocidos por el Estado, donde la violación de alguno de ellos se consideraba que atentaba contra la libertad y la autonomía de las personas.
El derecho a la vida, es el más importante y fundamenta la prohibición de las torturas y las humillaciones. Otros derechos comprendidos en esta categoría son: el derecho a la salud la integridad física y psicológica, a la propiedad, a la libre expresión de pensamiento, a la comunicación de ideas, de religión, de enseñanza, de contraer matrimonio, de relacionarse, de asociarse, de la intimidad. Incluimos los relacionados con la libertad política de elegir y ser elegido para participar del gobierno, pues hacen también a la autonomía de las personas en la medida que implican controlar al poder político para no ser avasallados por él. Estos derechos conforman la ciudadanía civil y política.

Derechos de segunda generación (desde fines del siglo XIX a mediados del siglo XX)

Se agregaron al concepto de derechos humanos un conjunto de derechos económicos y sociales, que contemplan al individuo en sociedad, ya sea por la actividad que desempeña (trabajador, empresario, científico, etc.) o porque requiere una protección especial (está desempleado, es anciano, es menor, está enfermo, etc.) En esta clasificación encontramos el derecho al trabajo digno, al descanso diario, a las vacaciones pagas, a la protección de la maternidad, a la vivienda digna, a la educación, a la cultura. Estos derechos conforman la ciudadanía social.


Derechos de tercera generación (derechos de solidaridad – siglo XX)

En las ultimas décadas, se considera que los derechos también pueden recaer sobre la humanidad, un pueblo, una comunidad, una raza, y sólo se pueden garantizar mediante la participación de todos los miembros de la sociedad: el Estado, los individuos, las distintas organizaciones gubernamentales o no gubernamentales. Derecho a la paz, al desarrollo, al cuidado del medio ambiente, al respeto del patrimonio de la humanidad.
Estos derechos, aún novedosos, no tienen una consagración legal en todos los países del mundo, sin embargo han sido materia de Tratados Internacionales y de a poco se van imponiendo mundialmente.

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